Publicado por Comisión de Medios UTP | 0 comentarios

Comunicado a la Opinión Pública



SOBRE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS CONTRA CINCO ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PEREIRA


La Comisión de Medios UTP, en su calidad de cuerpo creado por la Asamblea General de Estudiantes para dar a conocer las problemáticas que aquejan al estudiantado de la Universidad Tecnológica de Pereira y a la universidad pública en general, incluyendo la grave afectación de derechos y libertades que las comunidades universitarias han venido sufriendo durante el gobierno fascista del Presidente Álvaro Uribe Vélez, y

CONSIDERANDO

1.      Que los días 9 y 10 de octubre de 2008 los estudiantes de la Universidad Tecnológica de Pereira llevaron a cabo dos movilizaciones, una al interior de la universidad y, al día siguiente, otra por las calles de la ciudad, desembocando ambas movilizaciones en desafortunados hechos violentos, no planeados por la Asamblea General de Estudiantes ni por líder estudiantil alguno.

2.      Que el Consejo Superior Universitario emitió un comunicado el día 15 de octubre en el cual calificó de extrema gravedad los hechos desafortunadamente violentos acaecidos en el bloque administrativo el día 9 de octubre de 2008, permitiéndole al Rector asumir la Competencia Disciplinaria Preferente de que trata el Artículo 122 del Reglamento Estudiantil de la UTP para que diera inicio a los procesos disciplinarios; que el Rector, desde antes de comenzar los procesos disciplinarios manifestó expresamente lo siguiente: “Como Rector acudiré a la fiscalía a poner en conocimiento de la justicia estos hechos. Creo que Alejando Parra Giraldo, Pedro Cruz y Luisa Fernanda Arenas están seriamente comprometidos con estos hechos”, donde se configura un evidente prejuicio, convirtiéndose en juez y parte al mismo tiempo y donde se evidencia la falta de separación entre las funciones de investigación, acusación y juzgamiento en los procesos disciplinarios.

3.      Que las objeciones por vulneración de los derechos al debido proceso y de defensa, vulneración demostrada en los prejuicios señalados y en la no consideración de los testimonios y pruebas que podrían exonerar a los estudiantes injustamente procesados, no se desprenden de simples diferencias de interpretación o de consideraciones meramente ideológicas, sino de consideraciones de orden legal que demandan al funcionario investigador el obrar con objetividad procesal y no mediante sesgo de orden personal.

4.      Que tanto los fallos sancionatorios como el informe de la Comisión de Apelación del Consejo Académico señalan expresamente, en repetidas ocasiones, que efectivamente  los daños causados  en el claustro estudiantil no se pueden endilgar su autoría a ninguno de los estudiantes comprometidos en la presente investigación, porque efectivamente no existe  prueba que así lo señale”, y que lo que se busca es atribuirle(s) responsabilidad moral en los hechos investigados, aunque no se haya probado la realización material misma de los daños a enseres y edificaciones; Que las consideraciones morales no pueden servir de base a proceso alguno, toda vez que son absolutamente subjetivas y van en contravía de la responsabilidad del funcionario investigador de obrar con objetividad procesal; que, por consiguiente, no es admisible que a través de valoraciones subjetivas tales como el ejemplo moral que deben predicar los líderes estudiantiles de la Universidad y de la exigencia de una acción de liderazgo acorde con los parámetros morales que desea la administración se prive a los estudiantes procesados del derecho fundamental a la educación, entre otros.

5.      Que desde el 24 de agosto de 2009 se encuentra en firme la suspensión al derecho a optar al Título de Grado de una compañera y que el pasado 30 de noviembre la Comisión de Apelación nombrada por el Consejo Académico propuso a éste confirmar la expulsión de cuatro estudiantes más, lo cual fue aprobado durante sesión ordinaria del Académico.

RECHAZA

1.      La expulsión de cuatro estudiantes de la UTP y la suspensión del derecho a optar a título de otra, pues a todas luces son acciones propias de una persecución política, dado que los sancionados son reconocidos Dirigentes Estudiantiles de la Universidad, todos pertenecientes a diferentes organizaciones estudiantiles de carácter nacional, dos de ellos Representantes Estudiantiles y tres pertenecían a la Comisión de Negociación del Pliego de Peticiones en el momento de inicio de los procesos disciplinarios.

2.      La firma por parte del Representante Estudiantil Jesús Sinisterra aprobando el informe de la Comisión de Apelación, quien con dicha firma no solamente deja de cumplir las funciones para las cuales fue elegido por estudiantes de la UTP, ignorando todas las violaciones procesales y de derechos y libertades que han sufrido los compañeros sancionados, sino que contribuye a la labor de señalamiento y persecución de los mismos y del movimiento estudiantil en general por parte de quienes desean ver el fin de toda oposición política en Colombia y establecer la uniformidad en el pensamiento.

3.      Los señalamientos, amenazas veladas y persecuciones a que vienen siendo sometidos los estudiantes de la UTP que contradicen a la administración, toda vez que sus acciones, en cabeza del Rector, no han ocurrido en pleno derecho, sino como consecuencia de mezquinas consideraciones políticas y personales, como se ha evidenciado a lo largo de los procesos disciplinarios y de diversas declaraciones suyas.

EXIGE

1.      El reintegro inmediato e incondicional a la vida académica de nuestros compañeros sancionados, con base en las consideraciones hechas y en particular por las protuberantes violaciones a los derechos constitucionales al debido proceso y a la defensa que han tenido que soportar.  Asimismo, que se limpie la hoja de vida de nuestros compañeros.

2.      El cese inmediato de todos los señalamientos, amenazas veladas y persecuciones políticas de las que vienen siendo víctimas los activistas del movimiento estudiantil de la UTP y en general todo aquél que levanta su voz de protesta y disenso en la Colombia actual, puesto que la censura y la paz de los sepulcros no pueden legalizarse como pre-condiciones para la sana convivencia en ningún país.

Ahora más que nunca, la UTP requiere de la solidaridad política y movilización de todos los sectores sociales, políticos y democráticos del país en respaldo a nuestros(as) compañeros(as).

COMISIÓN DE MEDIOS,
ASAMBLEA GENERAL DE ESTUDIANTES
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PEREIRA

Pereira, 5 de diciembre de 2009

http://asambleautp.blogspot.com
cdemedios@gmail.com

0 comentarios: